Resumen: Demanda de MSCT del sindicato ELA-STV solicitando la declaración de nulidad de los acuerdos con el CI sobre modificación horaria y jornada del programa Buenos días Euskadi y vulneración del derecho de LS e indemnización de 21.001€ y subsidiariamente la improcedencia de la MSCT. La ETB convocó al CI estando entre las destinatarias la delegada sindical de ELA, 2 días antes de la reunión la empresa envió su propuesta de jornada y franjas horarias, se pide por dos DS de ELA liberación y horas sindicales para asistir a la reunión, por mayoría se aprobó el acuerdo de incorporación a horario de convenio el nuevo horario del programa, 2 personas de la representación de ELA solicitaron mayor tiempo y no firmaron el acta, sí lo firmo otro miembro. ETB denegó inicialmente corrección de ELA del acta pero en reunión posterior se oyeron aclaraciones solicitadas y manifestaciones de LAB y ETB, reflejadas en acta. El programa no se ha visto alterado ni los cambios se han llevado a efecto. El TSJ desestimó por considerar que las negociaciones no vulneran el derecho a la libertad sindical el en su vertiente de negociación colectiva (NC). La Sala IV desestima la nulidad de actuaciones no apreciando indefensión, recordó la vinculación de la negociación colectiva con el derecho de LS, razonó que en la NC llevada a cabo ni se excluyó a ELA, ni se limitó su participación, ni aprecia mala fe empresarial. El acuerdo con el CI se alcanzó por mayoría sin fraude, dolo, coacción o abuso, art. 41.4 ET.